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Plan de fiscalización y recaudación 2023 con su impacto en las IMMEX

* Para dónde dirigirá la cargada de la recaudación

* Contribuyentes esperan librarse de garras fiscales

* También cumplidos suspiran del susto

* "Invitarán" a cumplir obligaciones fiscales

Por: Redacción 11 Marzo 2023 09 12

Por Evelyn Paola Rodríguez Campos, en colaboración con la Lic. Mayra Brizia Arredondo Ayala.

El PLAN MAESTRO DE FISCALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN 2023 CON SU IMPACTO EN LAS IMMEX, CONCRETAMENTE EN LOS ANEXOS 24 Y 30.

El pasado 29 de enero, se hizo del conocimiento de todos mediante las páginas oficiales del Servicio de Administración Tributaria (SAT) el Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación del 2023. Dicha autoridad muy previsora intenta decirnos a los contribuyentes de manera muy directa para donde se dirigirá la cargada de su estrategia de recaudación en este año. Y así, siendo bien concreta en ocho filminas se genera el pánico suficiente en todos aquellos contribuyentes que esperan librarse de las garras fiscales este año porque traen alguna cola que se les pise, pero desafortunadamente también los contribuyentes cumplidos suspiran del susto, porque no sabemos si toca o no toca.

Dice que habrá coordinación fiscal con las Entidades Federativas, lo que para los chihuahuenses ya no es desconocido dado que Gobierno del Estado por conducto de su Secretaría de Hacienda, ha estado presente en la vida de los contribuyentes mediante auditorías desde la administración pasada; también nos dice que gran parte de su estrategia de fiscalización será “invitar” a los contribuyentes a que cumplan con sus obligaciones fiscales sin que haya fiscalizaciones de por medio.

Que no está demás decir en este artículo, que esta estrategia la podemos ver ejecutada por la autoridad fiscal mediante sus cartas invitación, mismas que, si no son atendidas, aunque el lector lo vea bien y se trate solo de supuestas “invitaciones” para que el contribuyente corrija su situación, éstas vienen aparejadas de “consecuencias” (como le dice uno ahora a los pequeños, en mis tiempos era castigo) que si no se atienden quizás puedan llevar a una posible inhabilitación de los sellos fiscales o bien, de una auditoría en todas sus formas.

Más recomendable hoy por hoy es acudir a la invitación atenta que nos hace el fisco, por no dejar…

En cuanto a las conductas que serán fiscalizadas, el plan maestro nos indica:

1. “Factureras y generar por ende disciplinas de cumplimiento por parte de los contribuyentes para que se evite su uso;

2. "Nomineras” que les dan la pauta para el pago indirecto de sus obligaciones salariales;

3.- Que se realizará un análisis de partidas de gastos e ingresos que no sean congruentes o atípicos, los que nos llevan a tener una postura de alerta ahora con el nuevo aplicativo de las declaraciones anuales; y

4.- Para el Estado de Chihuahua, que es una entidad federativa manufacturera por excelencia, dado que esta misión está dirigida obviamente a las entidades del norte del País, por su papel en este punto, se propone y avisa que se realizarán revisiones a las operaciones al comercio exterior, principalmente para en las importaciones temporales y en la verificación del origen de la mercancía.

Los anteriores, por mencionar los más importantes a juicio de quienes escriben.

Así, en este orden, toda vez que en el Estado de Chihuahua la principal derrama económica sucede precisamente por a industria maquiladora y esta trae una fijación concreta por parte de las autoridades, queremos explorar un poco las áreas de oportunidad que hemos encontrado en nuestra experiencia profesional y sobre las cuales se deben de generar acciones de compliance o reforzamiento al interior de las compañías, para que la autoridad fiscal no nos agarre con las manos en la masa.

Y para ello, tomando en cuenta el plan de fiscalización en comento y el ojo que nos anuncia el fisco tendrá de mayor manera en las empresas certificadas de Impuesto al Valor Agregado (IVA), conviene dedicarle un tiempo a uno de los principales retos en la certificación en cita, que son el ANEXO 24 y el ANEXO 30.

En ese orden cabe mencionar que el Anexo 24, es una herramienta automatizada para el control de inventarios físicos en la compañía.

Así como el Anexo 30 también llamado Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (SCCCyG) es un mecanismo del SAT que administra y controla los créditos fiscales y montos de importaciones temporales para las empresas con Certificación IVA e impuesto sobre producción servicios (IEPS), rubros A, AA o AAA.

Ambos anexos se relacionan, siendo éstos algunos puntos operativos relevantes para el mantenimiento y cumplimiento de la Certificación:

• Contar con el Data Stage (glosa) de comercio exterior por el período de importación y exportación:

El reporte Data Stage, también conocido como glosa, contiene todas las operaciones de comercio exterior de la empresa, tales como los pedimentos y Comprobantes de Valor Electrónico (COVEs) registrados en cualquier aduana en México.

El contribuyente puede recibir este reporte mensualmente a su correo electrónico siempre y cuando cuente con el oficio llamado matriz de seguridad vigente.

• Conciliar mensualmente el Anexo 24 contra Data Stage, identificando la trazabilidad de las mercancías de importación y exportación:

La empresa deberá comparar el reporte de la autoridad – Data Stage contra los datos contenidos en su sistema de inventarios. Los puntos más importantes a cotejar y que deben coincidir son: pedimentos de importación y exportación, proveedores, compradores, fracciones arancelarias, contribuciones causadas, país destino/origen, precios, cantidades, patentes aduanales y aduanas de cruce.

• Presentar los informes de descargo Anexo 30 Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (SCCCyG) en el portal SAT, asegurando que las mercancías importadas en temporal son retornadas en el plazo autorizado:

Los informes de descargos deberán transmitirse mensual o bimestralmente de forma electrónica, dentro del mes calendario siguiente del cierre de operaciones.

Las empresas que opten por garantizar el crédito fiscal, deberán transmitirlos quincenalmente.

En los informes de descargo se presentan los pedimentos de retorno o exportación, transferencias virtuales, regularizaciones, cambios de régimen, constancias de transferencia de mercancía, extracciones, avisos de donación y destrucción.

Los plazos de temporalidad aplicables son los establecidos en el artículo 4 del Decreto IMMEX (Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación), a excepción de empresas que cuenten con Certificación IVA-IEPS, y además registro de Operador Económico Autorizado (OEA) respectivamente, las cuales tendrán 36 meses de permanencia.

Es importante mencionar que si no se transmiten los informes de descargo correctamente es causal de requerimiento o cancelación de la certificación.

• Monitoreo y estudio del estado de cuenta en el portal SAT:

El estudio debe incluir el análisis a detalle de los saldos de cargos (importaciones) y abonos (exportaciones), por cada fracción arancelaria, así como monitorear el saldo del inventario inicial, los próximos vencimientos, y en caso de que se reflejen sobre descargos, se recomienda identificar la causa raíz y hacer los ajustes necesarios en materia de comercio exterior.

Validar la captura y actualizaciones oportunas del Bill de Materiales (BOMs) para aplicarlos en las mercancías y fracciones arancelarias correspondientes. Lo que implica una estrecha comunicación con el área de ingeniería.

El estado de cuenta se encuentra disponible de manera permanente en el portal SAT.

• Realizar auditorías preventivas contrastando el contenido de anexo 24, anexo 30 e inventario físico de la compañía:

Se recomienda realizar auditorías mensuales para detectar diferencias, riesgos y áreas de oportunidad, que permitan implementar acciones para corregirlas antes de que sea requerida por la autoridad.

En ese orden, tomando en cuenta los riesgos que existen para las empresas IMMEX, se recomienda que, si el lector detecta que tiene áreas de oportunidad en materia de Comercio Exterior, relacionadas con estos temas, se acerque a su asesor de confianza, para poder disminuir las consecuencias si la autoridad fiscal detecta primero las inconsistencias.

Por la M.D.F. Evelyn Paola Rodríguez Campos, miembro de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales en colaboración con la Lic. Mayra Brizia Arredondo Ayala.

 


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